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Consentimiento informado en Panamá
En un documento que se le debe presentar a todo paciente cuyo cuerpo va a ser invadido con un procedimiento diagnóstico y/o terapéutico. El paciente tiene derecho a ser informado acerca de lo que se le planea hacer y el médico tiene la obligación no sólo de explicárselo sino a invitarle a que firme un documento que se llama "consentimiento informado", a la vez que le informa acerca de las opciones o alternativas que puede ofrecerle para su diagnóstico, tratamiento y recuperación. Eso es lo que obliga la Ley Nº 68 del 20 de noviembre del 2003.
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